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poteca especial y prefija los antedichos compradores en esta forma: D. José L. Alfonso por sí y como apoderado de D. Domingo de Aldama, segun consta del que le confirió en 28 de Enero del corriente año por ante el capitan de la Sabanilla del Encomendador que se halla protocolado en el archivo del Escribano público D. Juan Eutralgo y Doña Rosa Alfonso, como legítima consorte del citado Aldama con-dueña en el ingenio titulado Santa Rosa, situado en dicho partido de la Sabanilla, cuyos terrenos hubieron por adjudicación á consecuencia de la testamentaria de D. Gonzalo L. Alfonso, lo dejan especialmente afecto á la responsabilidad de ciento veinte y cinco mil pesos, que es la suma proporcional que les corresponden asegurar de los doscientos mil de las cuatrocientas acciones que representan; D. Gonzalo Alfonso por sí y á nombre de su hojo D. Gonzalo Alfonso y Poey, y por D. Eusebio Montoto, lo hace del Cafetal “La Merced” situado en el partido de Lagunillas, que hubo de D. Alejandro Foudrás por escritura otrogada ente dicho Entralgo en tres de Dieciembe de mil ochocientos treinta y seis, por la cantidad de noventa y cuatro mil trescientos treinta y cinco pesos que á proporción les corresponden asegurar de los ciento ciencuenta y un mil que ascienden en las trescientas dos acciones que representan, como también por la de siete mil cuatrocientos veinte y un pesos veinte y un centavos, diferencia que falta á D. Nicolas J. Gutierrez para el cupo de lo que le corresponde afianzar del capital de mil ochocientos setenta y cuatro pesos de sus cuarenta acciones, de cuya diferencia se hará mención mas adelante; D. Juan Poey por sí y á nombre de su hermano D. José, de D. Francisco J. de Orta y de D. Francisco A. Sauvalle lo hace de la mitad del ingenio “Las Cañas” que le corresponde, cuya parte hubo del Pbro. D. Francisco Rodríguez por escritura otorgada ante D. Frauncisco Valerio, Escribano público, en ocho de Enero de 1833 á la responsabilidad de cuarenta y ocho mil ciento cuarenta y seis pesos veinte y cinco centavos que tambien les corresponden asegurar por sus cientos cincuenta acciones; é igualmente de mil ochocientos setenta y un pesos veinte y cinco centavos que lefaltan á Do. Isidro Carbonell en el capital que representa de veinte mil pesos por sus cuarenta acciones, cuya diferencia hasta completar se indicará mas abajo; |
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