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Gobernador Capitán General y superintendente General Delegado de Hacienda, autorizados competentemente y de acuerdo con la Junta de Fomento de esta siempre fiel Isla de Cuba, ofrecen al público la enagenación en venta del camino de hierro que se halla en uso desde esta ciudad de la Habana hasta la villa de Güines con todas la máquinas, edificios y demás pertenencias destinadas á su servicio:

Primera: La Compañía, asociación anónima ó individuo que en público remate guste presentarse á ofrecer, bajo las condiciones que á continuación se expresarán, el valor que el camino ha costado á la Junta, lo verificará exhibiendo una relación de las personas que se comprometen y garantías que señalen para el cumplimiento de lo pactado, a fin de que al mes de adjudicada en acto público la finca á favor del licitador que mejor resulte, hechas según práctica todas las pujas y esperas que la ley y costumbres conceden en el país, haya de estar formada la escritura, hecho el depósito de la fianza hipotecaria que se dirá y tomada posición del uso de dicho camino, edificios, máquinas y demás pertenencias.

Segunda: Ha de comprometerse legalmente el licitador ó licitadores á hipotecar en fincas urbanas trescientos mil pesos, ó en rurales quinientos mil, ó bien á dar fianza por un millón de pesos con pagarés de casas respetables de comercio ó de hacendados que renuncien el privilegio que la ley les concede respecto á la enagenación de ingenios, dividida dicha suma en cuatro iguales partes y pagaderas á los ocho, diez y seis y veinte y cuatro meses de la fecha en que se verifique el remate, si antes no se hubiesen construido los ramales de Batabanó y San Antonio; pues el tenerlo terminado y abierto al público, será suficiente garantía á la Junta como hipoteca al cumplimiento del contrato, devolviendo religiosamente el dinero ó pagarés que en aquella fecha por el primer empeño tuviese en su poder la Junta.

Tercera: El camino entre la Habana y Güines se enagena en el estado en que se halle el día de la entrega al adjudicatorio en remate público con todas sus pertenencias que constan de inventarios, los cuales desde este día estarán de manifiesto en la Contaduría de la Real Junta, en el concepto de que se incluyen los negros esclavos, los

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